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dc.contributor.advisorSarmiento Erazo, Juan Pablo
dc.contributor.authorMartínez González, Álvaro Nelson
dc.contributor.authorCastro Serna, Daniel Alonso
dc.date.accessioned2024-07-08T21:52:24Z
dc.date.available2024-07-08T21:52:24Z
dc.date.issued2014
dc.identifier.urihttp://hdl.handle.net/10584/12239
dc.description.abstractSherlock Holmes, es un profesional barranquillero, quien mediante Resolución No. 00 del 31 de febrero de 1900 fue vinculado por el Gerente General del Instituto de Promoción y Desarrollo de Macondo –INFI-Macondo- para que ocupara el cargo de secretario general de esta Institución. No obstante ello, en INFI-Macondo se realizó el nombramiento de un nuevo Gerente General, quien una vez tomó posesión de su cargo, ordenó mediante Resolución 01 del 31 de febrero de 1901 declarar insubsistente a Sherlock Holmes, sin motivar dicha Resolución. Sherlock Holmes al desconocer las razones por las cuales fue retirado de su cargo, busca asesoría legal para que lo oriente y se le informen las vías legales que puede seguir. Por lo anterior, el Sr. Holmes consulta a un abogado administrativista amigo de su infancia, y le expone el caso. El abogado le manifiesta que de acuerdo con la jurisprudencia del Consejo de Estado, la declaración de insubsistencia es válida, pues el acto administrativo que declara la misma esta presunto de legalidad, además que no es deber del Gerente General de INFI-Macondo, en su calidad de autoridad administrativa, motivar la Resolución por medio de la cual lo declararon insubsistente. No conforme con dicho concepto jurídico, Sherlock Holmes visita un reconocido abogado constitucionalista, quien le manifiesta que de acuerdo a la jurisprudencia de la Corte Constitucional todos los actos administrativos tienen como requisito estar motivados, y más aún si cuando a través del mismo se busca garantizar la estabilidad provisional de los funcionarios públicos. De manera que, la declaración de insubsistencia, por ser un acto administrativo, debe ser motivada, y por consiguiente, si no lo está, la autoridad administrativa está desconociendo la jurisprudencia de la Corte Constitucional y quebrantando el derecho fundamental al debido proceso.
dc.formatapplication/pdfes_ES
dc.format.extent66 páginases_ES
dc.language.isospaes_ES
dc.publisherUniversidad del Nortees_ES
dc.titleEl acto administrativo que declara la insubsistencia de un empleado público de libre nombramiento y remoción: entre la motivación y la discrecionalidades_ES
dc.typeTrabajo de grado - Pregradoes_ES
dc.publisher.programDerechoes_ES
dc.publisher.departmentDepartamento de derechoes_ES
dc.description.degreelevelPregradoes_ES
dc.publisher.placeBarranquilla, Colombiaes_ES
dc.rights.creativecommonshttps://creativecommons.org/licenses/by/4.0/es_ES
dc.type.coarhttp://purl.org/coar/resource_type/c_46eces_ES
dc.type.driverinfo:eu-repo/semantics/bachelorThesises_ES
dc.type.contentTextes_ES
dc.type.versioninfo:eu-repo/semantics/submittedVersiones_ES
oaire.versionhttp://purl.org/coar/version/c_ab4af688f83e57aaes_ES
dc.description.degreenameAbogadoes_ES
oaire.accessrightshttp://purl.org/coar/access_right/c_abf2es_ES
dcterms.audience.educationalcontextEstudianteses_ES
dc.subject.lembActos administrativos
dc.subject.lembFuncionarios públicos
dc.subject.lembDebido proceso (Derecho)
dcterms.audience.professionaldevelopmentPregradoes_ES
dc.rights.accessrightsinfo:eu-repo/semantics/openAccesses_ES


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